Debate monitoreo IFE. Reitera Alcocer norma legal
Réplica / Por Jorge Alcocer V., Reforma (cartas)
(30-May-2009).-
Señor director.
Presente.
En relación a la carta aclaratoria a mi artículo del martes 26 de mayo, firmada por el licenciado José Luis Alcudia Goya, coordinador nacional de Comunicación Social del IFE, le solicito publicar la siguiente respuesta:
El párrafo 8 del artículo 76 del Cofipe, que obliga al Consejo General del IFE a difundir en TV y radio los resultados del monitoreo a noticieros transmitidos en esos medios, respecto de la cobertura que otorgan a las campañas electorales federales, no contempla excepciones.
La solicitud del secretario de Salud y el correspondiente acuerdo del Consejo General para ceder el tiempo del IFE en radio y TV, con motivo de la emergencia sanitaria, no pueden estar por arriba de la ley ni suspender la vigencia de la misma.
Además, ¿quién decidió no publicar en medios impresos los resultados del referido monitoreo, pero sí un aviso, a media plana, remitiendo a los interesados al portal electrónico del IFE? ¿No hubiese costado lo mismo utilizar esos recursos y esos espacios para dar a conocer los principales resultados?
Por lo anterior, reitero mi opinión en el sentido de que la no difusión de esos resultados contraviene la norma legal.
Atentamente.
Jorge Alcocer V.